domingo, 13 de febrero de 2011

Derechos Universales de Los Pacientes

Derecho a la protección de la salud entendido como el  “derecho al acceso a atención sanitaria preventiva y el derecho a beneficiarse de tratamientos médicos bajo las condiciones establecidas por las leyes y prácticas nacionales”. 
Todo  individuo tiene derecho a:
Un servicio apropiado para prevenir la enfermedad Todo individuo tiene derecho al acceso a  los servicios sanitarios que requiera.  Los servicios sanitarios deben garantizar un acceso equivalente para todos, sin discriminación debida a los recursos financieros, lugar de residencia, tipo de enfermedad o tiempo de acceso a los servicios.

A todo tipo de información sobre su estado de salud, los servicios sanitarios y cómo utilizarlos así como a todo lo que la investigación científica y la innovación tecnológica pueda procurar

Al acceso a toda la información que pueda permitirle participar activamente en las decisiones que conciernan a su salud; esta información es un prerrequisito para cualquier procedimiento  y tratamiento, incluyendo la participación en la investigación científica.

A elegir libremente entre los diferentes procedimientos de tratamientos y proveedores basándose en una información adecuada.

A la confidencialidad sobre la información personal, incluyendo información sobre su estado de salud y diagnóstico potencial o procedimientos terapéuticos, así como a la protección de su privacidad durante la realización de los exámenes de diagnóstico, visitas de especialistas y tratamientos médicos o quirúrgicos en general.

A recibir el tratamiento necesario en un período de tiempo predeterminado y rápido.  Este derecho se aplica a cada fase del tratamiento.

Al acceso a servicios de alta calidad basados en la especificación y cumplimiento de estándares precisos.
A estar  libre del daño causado por el pobre funcionamiento de los servicios de salud, los errores médicos y la negligencia profesional, y el derecho de acceso a los servicios de salud y tratamientos que cumplan con estándares de alta seguridad.

Al acceso a procedimientos innovadores, incluyendo procedimientos de diagnóstico, según los estándares internacionales e independientemente de consideraciones económicas o financieras.

A evitar todo el sufrimiento y el dolor posibles, en cada fase de su enfermedad.

A programas de diagnóstico o terapéuticos adaptados en lo posible a sus necesidades personales.

A reclamar si ha sufrido un daño y el derecho a recibir una respuesta o información adicional.

A recibir una compensación suficiente dentro de un período de tiempo razonablemente corto cuando haya sufrido un daño físico, moral o psicológico causado por un tratamiento proporcionado en un servicio de salud.